Area Terminales y Concesiones

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A fin de proveer un mayor control sobre las relaciones jurídicas y operativas entre el Consorcio y los Concesionarios y Permisionarios de Terminales e instalaciones portuarias se crea éste área específica que ofrece a Concesionarios y Permisionarios un punto unificado de relación con el Consorcio.

Funciones:

  • Concentrar y coordinar la información legal, técnica y operativa de las terminales, concesiones y permisos de instalaciones portuarias en el ámbito de actuación del Consorcio.
  • Asistir al H. Directorio, al Presidente y al Gerente General o quien lo remplace en sus funciones a los fines de mantener en todo momento la mayor coherencia en la tramitación de los trámites relacionados con la habilitación, funcionamiento, contralor, sanciones y extinción de derechos de las terminales, concesiones y permisos.
  • Ejercer las potestades de contralor que el Directorio o el Presidente le asignen en relación con los mencionados temas.
  • Dictaminar sobre el otorgamiento de permisos, habilitación de terminales, concesiones de instalaciones, su funcionamiento, el cumplimiento de la normativa legal por parte de los mismos, la aplicación de sanciones, modificación de las relaciones contractuales y sobre la perdida o extinción de los derechos por parte de los titulares de dichas relaciones.
  • Concentrar la información sobre el funcionamiento de las instalaciones operadas y el cumplimiento de los planes de inversión presentados por las firmas concesionarias o permisionarias.
  • Controlar que el desempeño de las concesiones y permisos otorgados se realice de forma armónica y conveniente para el desarrollo y funcionamiento óptimo del conjunto del Puerto, pudiendo  exigir dentro de los marcos contractuales vigentes, la modificación de operatorias o instalaciones que perjudiquen  o entorpezcan la eficiencia global del Puerto, así como la realización de inversiones destinadas a dichos fines.
  • Deberá, a solicitud del H. Directorio o del Presidente, concurrir a las reuniones de Directorio, debiendo en tal caso, evacuar las consultas que se le formulen o recibir encomiendas de parte de los mismos.